Superintendencia de educación

Protección del derecho de la educación de niños, niñas y adolescentes extranjeros en el sistema educativo

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño(a), dispone que los Estados Partes deben salvaguardar sus derechos, sin distinción alguna, independientemente de la raza, color, idioma, religión, origen, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición del niño(a), de sus padres o representantes legales. Los Estados Partes tomarán todas las medidas para garantizar su protección contra toda forma de discriminación (Art.2).